Son causas de extinción de las acciones por ilícitos tributarios: 1. La muerte del autor principal extingue la acción punitiva, pero no extingue la acción contra coautores y partícipes. No obstante, subsistirá la responsabilidad por las multas aplicadas que hubieren quedado firmes en vida del causante. 2. La amnistía; 3. La prescripción y 4. Las demás causas de extinción de la acción tributaria conforme a este Código.