LAGD

especial

Artículo 51

Artículo 51LAGD

Son aplicables a l certificado de depósito y al bono de prenda, en lo conducente, los artículos 421,422, 424, al 427, 429 al 432, 452, 486 y 487 del Código de Comercio. Son aplicables al bono de prenda, en lo conducente, los artículos 449, 453, 461, 462, 463, 467, 482, 483 y 485 del Código de Comercio.