El tenedor que por primera vez negocie el bono de prenda separadamente del certificado de depósito, será considerado como aceptante para todos los efectos de las disposiciones de la presente Ley.
especial
El tenedor que por primera vez negocie el bono de prenda separadamente del certificado de depósito, será considerado como aceptante para todos los efectos de las disposiciones de la presente Ley.