El Reglamento determinará los documentos militares personales a que se refiere el presente Capítulo y los requisitos inherentes a su denominación, elaboración, expedición, porte y cancelación.
especial
El Reglamento determinará los documentos militares personales a que se refiere el presente Capítulo y los requisitos inherentes a su denominación, elaboración, expedición, porte y cancelación.