LEIC

tributario

Artículo 35

Artículo 35LEIC

Las empresas controladas en forma accionaria o contractual por entidades de inversión colectiva de capital de riesgo estarán sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional de Valores y en tal sentido deberán enviar a la misma sus estados financieros anuales, debidamente auditados por un contador público inscrito en el Registro Nacional de Valores.