El ejercicio económico de las entidades de inversión colectiva se iniciará el primero de enero y finalizará el treinta y uno de diciembre del mismo año, independiente de la modalidad adoptada o del tipo de entidad.
tributario
El ejercicio económico de las entidades de inversión colectiva se iniciará el primero de enero y finalizará el treinta y uno de diciembre del mismo año, independiente de la modalidad adoptada o del tipo de entidad.