LEMV

especial

Artículo 12

Artículo 12LEMV

La calificación de los actos de ejercicio ilegal, las sanciones aplicables y el procedimiento a seguir, se establecerán en el Reglamento de la presente Ley. La usurpación de títulos y el ejercicio sin el requisito de reválida, serán castigados de conformidad con las disposiciones del Código Penal.