La solicitud de inscripción se formulará por escrito ante el Colegio respectivo y se acompañara: 1º) El título de Médico Veterinario expedido de conformidad con la ley debidamente protocolizado o el certificado de reválida si el título se obtuvo en el extranjero; 2º) Los derechos de registro correspondientes. La solicitud de inscripción se procesará de conformidad con las disposiciones reglamentarias respectivas. No podrán inscribir sus títulos los profesionales extranjeros no comprendidos en la previsión del ordinal 2º del artículo 5º de esta Ley, aun cuando haya revalidado.