LEP

especial

Artículo 13

Artículo 13LEP

La Asamblea es la máxima autoridad del Colegio y estará integrada por los Psicólogos inscritos y solventes en el pago de sus cuotas y contribuciones. Se reunirá ordinaria y extraordinariamente en la oportunidad, con el quórum y demás requisitos que determine el Reglamento Interno, previa convocatoria del Consejo Directivo. El reglamento fijará el número menor de miembros que puede solicitar la convocatoria de la reunión extraordinaria.