La dirección y administración de los Colegios estará a cargo de un Consejo Directivo constituido de acuerdo con lo que establezca su Reglamento Interno. Estos funcionarios y sus suplentes serán elegidos por votación directa y secreta, por el sistema de cuociente electoral, cada dos (2) años, durante la primera quincena del mes de marzo, y tomarán posesión de sus cargos dentro de los quince (15) días posteriores a su elección. Parágrafo Unico: Corresponde al Presidente la representación del Colegio pudiendo delegarla parcialmente, previa autorización del Consejo Directivo.