El patrimonio de cada Colegio lo constituirán los ingresos que se obtengan por los derechos de inscripción, las contribuciones reglamentarias de sus miembros, las donaciones que se hicieren al Colegio, el producto de la venta de sus publicaciones e insignias, y las que se obtuvieren por cualquier otro medio dispuesto por el Consejo Directivo o la Asamblea.