Los fondos de la Federación estarán formados por los aportes de los Colegios de Abogados y Delegaciones que de ella dependen, y por las contribuciones extraordinarias que determine la Asamblea, a cuyo efecto, este mismo órgano elaborará y aprobará el Presupuesto respectivo.
Ley de Abogados
especial
Artículo 52