Si la solicitud fuese negada, o no se decidiera en el término de treinta días, podrá apelarse dentro de los cinco días hábiles siguientes para ante el Directorio de la Federación de Colegios de Abogados, el cual deberá decidir dentro de los treinta días consecutivos siguientes. La falta de decisión del Directorio de la Federación podrá recurrirse para ante la Corte Suprema de Justicia.
Ley de Abogados
especial
Artículo 9