A partir de la vigencia de la Ley, el patrimonio del Montepío de Abogados pasará a integrar el patrimonio del Instituto de Previsión Social del Abogado.
Ley de Abogados
especial
Artículo 91
especial
A partir de la vigencia de la Ley, el patrimonio del Montepío de Abogados pasará a integrar el patrimonio del Instituto de Previsión Social del Abogado.