Esta Ley entrará en vigencia a partir del 23 de enero de 1999. Dada, firmada y sellada en el Palacio Federal Legislativo, en Caracas a los veinticinco días del mes de agosto de mil novecientos noventa y ocho. Años 188º de la Independencia y 139º de la Federación. EL PRESIDENTE, PEDRO PABLO AGUILAR EL VICEPRESIDENTE, IXORA ROJAS PAZ LOS SECRETARIOS, JOSÉ GREGORIO CORREA YAMILETH CALANCHE Palacio de Miraflores, en Caracas, a los once días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y ocho. Año 188º de la Independencia y 139º de la Federación. Cumplase, (L.S.) RAFAEL CALDERA
Ley de Carrera Judicial
especial
Artículo 55