La aceptación de la consignación , declaración de los efectos de exportación y el cumplimiento de los diversos trámites relacionados con las operaciones aduaneras, deberán efectuarse a través de un agente de aduanas debidamente autorizado salvo las excepciones que establezca el reglamento.
Ley Organica de Aduanas
tributario
Artículo 34