La educación Estética tiene por objeto contribuir al máximo desarrollo de las potencialidades espirituales y culturales de la persona, ampliar sus facultades creadoras y realizar de manera integral su proceso de formación general. Al efecto, atenderá de manera sistemática el desarrollo de la creatividad, la imaginación, la sensibilidad y la capacidad de goce estético, mediante el conocimiento y practica de las artes y el fomento de actividades estéticas en el medio escolar y extra escolar. Asimismo, prestara especial atención y orientara a las personas cuya vocación, aptitudes e intereses estén dirigidos al arte y su promoción asegurándoles la formación para el ejercicio profesional en este campo mediante programas e instituciones de distinto nivel destinados a tales fines.
Ley Organica de Educacion
especial
Artículo 36