La actividad de evaluación no será remunerada especialmente. El personal docente estará obligado a efectuarla en las formas indicadas en esta ley, las leyes especiales y los reglamentos.
Ley Organica de Educacion
especial
Artículo 65
especial
La actividad de evaluación no será remunerada especialmente. El personal docente estará obligado a efectuarla en las formas indicadas en esta ley, las leyes especiales y los reglamentos.