El Fiscal General de Cedulación y los Fiscales Auxiliares deberán reunir condiciones de idoneidad profesional para el ejercicio de sus respectivos cargos y estar al margen del activismo político.
Ley Organica de Identificacion
especial
Artículo 24
especial
El Fiscal General de Cedulación y los Fiscales Auxiliares deberán reunir condiciones de idoneidad profesional para el ejercicio de sus respectivos cargos y estar al margen del activismo político.