Corresponde al Ministerio de Salud y Desarrollo Social la regulación, formulación y seguimiento de políticas, la planificación y realización de las actividades del Ejecutivo Nacional en materia de salud pública, así como la regulación, coordinación, seguimiento y fiscalización de los servicios estadales, municipales y privados; los programas de saneamiento y contaminación ambiental referidos a la salud pública, en coordinación con entidades estadales y municipales; la regulación y fiscalización sanitaria sobre los alimentos destinados al consumo humano, el suministro de agua potable y la producción y venta de productos farmacéuticos, cosméticos y sustancias similares; la inspección y vigilancia del ejercicio de toda profesión o actividad que tenga relación con la atención a la salud; la formulación de normas técnicas sanitarias en materia de edificaciones e instalaciones para uso humano, sobre higiene ocupacional y sobre higiene pública social en general; la organización y dirección de los servicios de veterinaria que tengan relación con la salud pública Le corresponde, además, la regulación, formulación, coordinación, seguimiento y evaluación de las políticas, estrategias y planes vinculados con el desarrollo social de la Nación; contribuir con la mayor eficiencia y eficacia a la solución de los problemas que afectan a los grupos menos favorecidos; coordinar los mecanismos y acciones que, articuladas con la política económica, permitan el logro de un desarrollo socio-económico equilibrado; desarrollar la atención de todos los sectores de la población, en especial los de bajos recursos; promover la participación ciudadana; así como las demás competencias que le atribuyan las leyes.