Los Ministerios que se crean o fusionan por el presente Decreto Ley, entrarán en funcionamiento en la oportunidad que señale el Ejecutivo Nacional, una vez que les sean asignados los recursos presupuestarios requeridos.
administrativo
Los Ministerios que se crean o fusionan por el presente Decreto Ley, entrarán en funcionamiento en la oportunidad que señale el Ejecutivo Nacional, una vez que les sean asignados los recursos presupuestarios requeridos.