LOANM

especial

Artículo 26

Artículo 26LOANM

Se deroga la Ley Orgánica de la Academia Nacional de Medicina, de 8 de abril de 1904. Dada, sellada y firmada en el Palacio Federal Legislativo, en Caracas, a los quince días del mes de julio de mil novecientos cuarenta y uno. Año 132º de la Independencia y 83º de la Federación. (L.S.) El Presidente, Alejandro Rivas Vázquez El vicepresidente, J. N. Rivas Los Secretarios, Diego Arreaza Romero Octavio Lazo Palacio Federal, en Caracas, a primero de agosto de mil novecientos cuarenta y uno. Año 132º de la Independencia y 83º de la Federación. Ejecútese y cuídese de su Ejecución. (L.S.) Isaías Medina A. Y demás miembros del Gabinete.