El Presidente o Presidenta de la República fijará la periodicidad de las reuniones del Consejo de Ministros y lo convocará extraordinariamente cuando lo juzgue conveniente. Actas de las sesiones
administrativo
El Presidente o Presidenta de la República fijará la periodicidad de las reuniones del Consejo de Ministros y lo convocará extraordinariamente cuando lo juzgue conveniente. Actas de las sesiones