LOAP

administrativo

Artículo 67

Artículo 67LOAP

El Presidente o Presidenta de la República dispondrá la creación de gabinetes sectoriales para que lo asesoren y propongan acuerdos o políticas sectoriales, así como para estudiar y hacer recomendaciones sobre los asuntos a ser considerados por el Consejo de Ministros. También podrán ser creados para coordinar las actividades entre varios ministerios, o entre estos y los entes públicos. Integración de los gabinetes sectoriales