LOCFRDPV

especial

Artículo 16

Artículo 16LOCFRDPV

El Fondo tendrá por lo menos dos (2) auditores externos e independientes de reconocida solvencia moral y profesional para el análisis y certificación de sus estados financieros, escogidos por el Consejo, con el voto favorable de por lo menos cuatro (4) de sus miembros.