La gestión diaria del Fondo de Rescate de la Deuda Pública de Venezuela, dentro de las pautas y decisiones acordadas por el Consejo, estará a cargo del Fondo de Inversiones de Venezuela, quien sólo estará sujeto a cumplir con los recursos monetarios y bienes del Fondo Especial las obligaciones que se deriven de la realización de las operaciones objeto de este Fondo. Los funcionarios responsables de la ejecución de las operaciones del Fondo Especial deberán ser personas solventes y de reconocida competencia en materia financiera; y, no tener acciones o participaciones en instituciones financieras extranjeras, ni parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o el segundo de afinidad con el Presidente de la República o con algún miembro del Consejo del Fondo Especial o del Directorio Ejecutivo del Fondo de Inversiones de Venezuela, ni ser deudor moroso de obligaciones fiscales o persona que haya sido declarada en estado de quiebra o condenada por delitos contra la propiedad o contra la cosa pública.