LOCJ

especial

Artículo 49

Artículo 49LOCJ

Requisitos. La decisión contendrá: 1. La relación de los hechos que la Sala estime probados, 2. Los fundamentos de hecho y de derecho; 3. La resolución del asunto planteado, con mención de las normas legales aplicables y la firma de los Consejeros.