Deliberación y decisión. La deliberación de los Consejeros disciplinarios será privada, conformarán su decisión fundamentándola en las pruebas que se incorporen en la audiencia pública según su libre convicción, motivada y razonada, observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de la experiencia. La decisión se pronunciará por la mayoría de los miembros, se hará pública en su parte dispositiva al concluir la deliberación y se explicarán sucintamente los motivos de aquélla. La decisión se publicará íntegramente dentro de los cinco días siguientes.