Prerrogativas. La Defensoría del Pueblo gozará de las mismas prerrogativas del Fisco Nacional y de la Procuraduría General de la República, igualmente no será condenable en costas bajo ningún concepto.
especial
Prerrogativas. La Defensoría del Pueblo gozará de las mismas prerrogativas del Fisco Nacional y de la Procuraduría General de la República, igualmente no será condenable en costas bajo ningún concepto.