Autonomía presupuestaria. La Defensoría del Pueblo estará sujeta a las leyes y reglamentos sobre la elaboración y ejecución del presupuesto, en cuanto le sean aplicables. No obstante, a los efectos de garantizar su autonomía e independencia en cuanto órgano del Poder Ciudadano en el ejercicio de sus deberes y atribuciones, regirán las disposiciones previstas en la Constitución y la ley.