Los buques extranjeros gozan del derecho de paso inocente por el mar territorial de la República. Por paso inocente se entiende: 1. La navegación por el mar territorial con el fin de atravesar dicho mar sin penetrar en las aguas interiores o hacer escala en una parte del sistema portuario. 2. Penetrar en las aguas interiores o puertos de la República o salir de ellos.