El decreto que declare los estados de excepción no interrumpe el funcionamiento de les Poderes Públicos, los cuales deben además cooperar con el Ejecutivo Nacional a los fines de la realización de las medidas contenidas en dicho decreto.
especial
El decreto que declare los estados de excepción no interrumpe el funcionamiento de les Poderes Públicos, los cuales deben además cooperar con el Ejecutivo Nacional a los fines de la realización de las medidas contenidas en dicho decreto.