LOFAN

especial

Artículo 35

Artículo 35LOFAN

El Jefe del Comando General de la Reserva Nacional y de la Movilización Nacional tendrá las siguientes atribuciones: 1. Asesorar al Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional sobre el contingente que integrará la Reserva Nacional movilizada y su empleo, las funciones administrativas y logísticas de las zonas militares y el desempeño de la Guardia Territorial. 2. Dirigir y controlar las actividades de su Estado Mayor y de los demás órganos subordinados. 3. Conducir las operaciones de resistencia, usando el concepto del campo de batalla descentralizado. 4. Coordinar con las autoridades civiles el proceso de conscripción militar. 5. Planificar, coordinar, ejecutar y controlar las operaciones de las zonas militares. 6. Integrar la Junta Superior de la Fuerza Armada Nacional. 7. Las demás que le señalen las leyes y reglamentos. Constitución