La Guardia de Honor Presidencial tendrá las siguientes funciones: 1. Garantizar la integridad física del Jefe del Estado y sus familiares inmediatos. 2. Brindar protección en todas las actividades públicas y privadas al Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, a su cónyuge, a sus descendientes, a sus familiares en línea ascendente y a aquellas personas expresamente señaladas por el Jefe de Estado, en el país y en el exterior. 3. Cumplir las mismas funciones estipuladas en los numerales anteriores, a los Jefes de Estado y de gobiernos extranjeros, durante sus visitas.