LOFAN

especial

Artículo 61

Artículo 61LOFAN

Corresponde al Comando Estratégico Operacional las siguientes funciones: 1. Formular el Concepto Estratégico Operacional en correspondencia con el Concepto Estratégico de la Nación. 2. Formular los planes de campaña y los planes operacionales. 3. Planificar, conducir y controlar el empleo de la Fuerza Armada Nacional y las operaciones militares a nivel estratégico operacional. 4. Planificar, ejecutar y controlar la conducción de los ejercicios, maniobras, demostraciones y juegos de guerra de su competencia, con apoyo del Centro de Estudios Militares Avanzados (CEMA). 5. Desarrollar la acción conjunta y unificada, mediante la integración operacional de los componentes militares. 6. Enfrentar contingencias en casos de emergencia por estado de alarma, catástrofes y calamidades públicas, que ponga, en peligro la seguridad de la Nación, de acuerdo con las órdenes emanadas del Presidente de la República. 7. Planificar, organizar, coordinar y supervisar el apoyo a la Organización de Protección Civil y Administración de Desastres. 8. Planificar, organizar, coordinar y supervisar el apoyo y participación activa en el desarrollo nacional, regional y municipal. 9. Organizar los comandos unificados y comandos específicos, de acuerdo con los requerimientos operacionales. 10. Participar en la formulación de especificaciones y requerimientos tecnológicos para el desarrollo del material de guerra. Dependencia funcional