LOFAN

especial

Artículo 63

Artículo 63LOFAN

El Comandante Estratégico Operacional tiene las siguientes atribuciones: 1 Asesorar al Comandante en Jefe sobre el empleo operacional de la Fuerza Armada Nacional. 2. Dirigir y controlar las actividades de su Estado Mayor, de los Comandos Operacionales y de los Comandos de Guarniciones. 3. Dirigir los comandos unificados, específicos, las maniobras, demostraciones y juegos de guerra conjuntos de adiestramiento, a través de los Comandos Operacionales. 4. Elaborar y mantener actualizados los planes operacionales necesarios para enfrentar situaciones en caso de conflicto interno o externo. 5. Planificar, conducir y dirigir las operaciones militares referidas al desarrollo integral de la Nación, la asistencia social y la asistencia humanitaria. 6. Integrar la Junta Superior de la Fuerza Armada Nacional. 7. Las demás que le señalen las leyes y reglamentos. Operacional Estado Mayor Conjunto