LOFAN

especial

Artículo 80

Artículo 80LOFAN

Los integrantes de la Fuerza Armada Nacional, de acuerdo con la libertad de culto establecida en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, practican el credo de su preferencia. En la organización de la institución existe un Vicariato Militar que atiende las necesidades espirituales de la comunidad católica castrense, de acuerdo con lo establecido en el tratado internacional correspondiente. Derecho al sufragio