LOFAN

especial

Artículo 95

Artículo 95LOFAN

La movilización del personal profesional, técnico, empleados y obreros de empresas de servicios o industrias que interesen a la defensa militar, como parte de la defensa integral de la Nación, queda a cargo de la Fuerza Armada Nacional, por intermedio del Estado Mayor Conjunto del Comando Estratégico Operacional y prestarán sus servicios donde las circunstancias así lo exijan. Creación