Las oficinas de ordenación de pagos deben ser distintas e independientes de las pagadoras y en ningún caso los Agentes del Tesoro Nacional podrán liquidar ni librar, órdenes de pago contra el Tesoro.
especial
Las oficinas de ordenación de pagos deben ser distintas e independientes de las pagadoras y en ningún caso los Agentes del Tesoro Nacional podrán liquidar ni librar, órdenes de pago contra el Tesoro.