LOHPN

especial

Artículo 71

Artículo 71LOHPN

Los bienes pertenecientes a esos Institutos o Establecimientos no estarán sometidos al régimen de los bienes nacionales, establecidos en esta Ley, y sus ingresos y erogaciones no se considerarán como Rentas y Gastos Públicos ni estarán sometidas al régimen del Presupuesto que establece el Título VII de esta Ley.