Son deberes y atribuciones de los fiscales de proceso los señalados en los numerales 2 al 15, ambos inclusive, 24 y 25 del Artículo 34 de esta Ley.
administrativo
Son deberes y atribuciones de los fiscales de proceso los señalados en los numerales 2 al 15, ambos inclusive, 24 y 25 del Artículo 34 de esta Ley.