Es Competencia de la Comisión Nacional de Ordenación del Territorio: 1. Coordinar e impulsar la formación del Plan Nacional del Territorio; 2. Conocer, revisar y aprobar el proyecto del Plan Nacional de Ordenación del Territorio; 3. Asegurar la adecuación de los planes previstos en esta Ley con las previsiones del Plan Nacional de Ordenación Territorio; 4. Someter el Plan Nacional de Ordenación del Territorio a un proceso de consulta a través del mecanismo que al efecto determine el reglamento. Se cuidará que estén incluidos representantes de organismos públicos y privados, nacionales y regionales que integren los diferentes sectores del país. 5. Conocer y pronunciarse sobre la adecuación de los grandes proyectos de infraestructura a las directrices establecidas en el Plan Nacional de Ordenación del territorio 6. Someter el Plan Nacional de Ordenación del Territorio a la aprobación del Presidente de la República en Consejo de Ministros.