LOOT

especial

Artículo 26

Artículo 26LOOT

La elaboración del Plan Nacional de Ordenación del Territorio y los Planes Regionales de ordenación del territorio se realizarán mediante un proceso de coordinación inter-institucional, multidisciplinario, y permanente. A tal efecto, Las Secretarías Técnicas de las Comisiones respectivas elaborarán los proyectos de planes respectivos y con tal fin, recibirán de los organismos competentes los informes técnicos y estudios necesarios para asegurar el cumplimiento de todos los aspectos que deben ser desarrollados por el Plan.