LOOU

especial

Artículo 61

Artículo 61LOOU

A los efectos de la ejecución del desarrollo urbanístico por parte de los organismos nacionales y locales, se podrán constituir asociaciones o sociedades entre ellos, así como celebrar entre sí convenios para afectar fondos al pago de los gastos necesarios para la realización de las actividades correspondientes, o utilizar cualquier otro medio que fuere procedente.