LOPE

especial

Artículo 28

Artículo 28LOPE

Al vencimiento del lapso contemplado en el artículo anterior, las postuladas o postulados que sean objetadas u objetados recibirán copia de las objeciones hechas en su contra, y se les concederán seis (6) días continuos para consignar sus descargos o argumentos en contra de las objeciones. Envío de las listas de elegibles