Las electoras y los electores en función electoral deben: 1. Participar, a través de los organismos electorales subalternos, en los procesos electorales para cargos de representación popular y de referendo. 2. Participar en los programas de educación electoral de acuerdo con lo estipulado por la Comisión de Participación Política y Financiamiento. 3. Asistir a los programas de instrucción y adiestramiento. 4. Participar en cualquier otra actividad que defina el Consejo Nacional Electoral. Las instituciones públicas y las privadas están obligadas a conceder permiso remunerado a las personas que laboren en ellas y hayan sido seleccionadas para prestar Servicio Electoral. Excepciones o impedimentos