Para la creación de una mancomunidad se requiere la aprobación mediante Acuerdo celebrado entre los municipios que concurren a su formación, el cual contendrá el estatuto que la regirá. La creación de la mancomunidad deberá estar contemplada en el Plan de Desarrollo de los municipios comprometidos, o ser considerada favorablemente en los Consejos Locales de Planificación Pública de esos municipios, con informes económicos que sustenten su creación.