El Ministro o la Ministra del Ambiente y de los Recursos Naturales asignará los recursos presupuestarios necesarios para el funcionamiento de la Oficina Nacional para el Desarrollo de los Servicios de Agua Potable y de Saneamiento. No obstante ello, la Oficina Nacional para el Desarrollo de los Servicios de Agua Potable y de Saneamiento podrá realizar actividades que le permitan la captación de recursos financieros para su funcionamiento y para el logro de sus objetivos. Competencias de la Oficina Nacional para el Desarrollo de los Servicios de Agua Potable y de Saneamiento