Podrán establecerse sistemas de medición sectorial en edificaciones o en conjuntos de edificaciones a los fines de que un suscriptor pueda subrogarse en las obligaciones y derechos de otros suscriptores o usuarios frente al prestador de servicios, con el objetivo de suministrarles los servicios y cobrar la contraprestación correspondiente. En estos casos el suscriptor subrogado será responsable de todas las obligaciones que se deriven de su relación tanto con el prestador de servicios como con los suscriptores o usuarios. Igualmente el suscriptor subrogado asumirá las obligaciones del prestador de servicios a partir del punto de medición sectorial. La Superintendencia Nacional de los Servicios de Agua Potable y de Saneamiento deberá considerar especialmente estos casos dentro del Modelo Tarifario. Principios del Régimen Económico Financiero