LOQREBSPAIB

administrativo

Artículo 7

Artículo 7LOQREBSPAIB

Cuando la enajenación del bien se realice a crédito, la Comisión determinará el porcentaje máximo del precio de venta que se cancelará a crédito. En las normas que establezca la Comisión, conforme a lo previsto en el Parágrafo Segundo del artículo 5º, se fijarán el monto y los tipos de garantía que deberán otorgarse en tales casos.